Legalidad Webcamers
Qué debes saber sobre fiscalidad
¿Si empiezo a emitir como webcamer debo declarar mis ingresos?
¿Hay que ser autónomo?
Estas y otras preguntas son bastante frecuentes cuando contactáis con nosotros porque vais a empezar a trabajar como modelos webcam… y la respuesta siempre es: Sí, se deben declarar todos los ingresos que se perciben al desarrollar una actividad.
Cómo se tienen que declarar los ingresos producidos por rendimientos de tu trabajo como modelo webcam, es un tema que genera mucha confusión.
Sobre todo, si no estás acostumbrada a llevar este tipo de control en tus actividades o es la primera vez que te haces autónoma. Nuestra recomendación es que busques una buena asesoría que te ayude y oriente para tenerlo todo en regla, pero aquí te dejamos algunos puntos básicos.
La modelo webcam autónoma
El trabajo de webcamer en España, como actividad profesional, está sujeto a una serie de requisitos legales que se han de cumplir, sí o sí, por ejemplo, el alta en la Seguridad Social, concretamente en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), solicitando el correspondiente alta en I.A.E. (Impuesto de Actividades Económicas), al ejercer una actividad por cuenta propia, empresarial, profesional o artística.
Si eres residente en España, vamos a intentar aclarar un poco este tema para que puedas cumplir conveniente con todas tus obligaciones fiscales y así te centres en tu trabajo con toda la tranquilidad y dedicación que necesitas.
Estas obligaciones son:
- Darse de alta
- Facturar
- Llevar una contabilidad
- Pagar los impuestos pertinentes. (Si recibes pagos de empresas de distintos países de la Unión Europea o extracomunitarios, la cosa puede ser un poco más compleja).
Aquí puedes hacerte una idea de cuánto dinero puedes llegar a ganar como modelo webcam (y calcular lo que supondrá en impuestos).
En cualquier caso, no importa cuánto dinero ganes, ni los métodos de pagos que utilices (tarjetas de prepago: Payoneer, Paypal, Paxum..) o si ofreces un producto propio (braguitas usadas, por ejemplo) o de terceros (programas de afiliación).
En todos los casos, necesitas estar dado de alta obligatoriamente. De lo contrario te arriesgas a sanciones potencialmente altas.
1. Darte de Alta a través de un PAE
Afortunadamente estamos en un país en el que, aunque no ayude mucho a los nuevos emprendedores, al menos lo intenta poner fácil para poder arrancar tu actividad.
Por ello puedes acudir a un punto PAE (Punto de atención al Emprendedor) para tramitar el alta online como autónoma de una manera cómoda y rápida, en un día y sin salir casa.
Los puntos PAE son organismos públicos de atención a emprendedores y asesorías online que cuentan con esta homologación del Ministerio de Industria que les permite tramitar altas online de autónomos y sociedades.
Y lo mejor de todo… ¡Totalmente gratis! Cuentan también con un servicio de información que resolverá todas tus dudas técnicas.
2. Llevar una contabilidad
Al hacerte autónoma deberás llevar actualizado un libro de ingresos y gastos en el que anotar todas tus ingresos, ventas, compras y consumos de servicios, siempre y cuando estén directamente relacionados con tu actividad.
Además, es fundamental que guardes todas las facturas (emitidas y recibidas) como sus justificantes, ya que Hacienda podría hacerte una inspección y solicitártelas en cualquier momento.
Si tienes pocas facturas puedes trabajar con una plantilla de libro de ingresos y gastos en hoja de cálculo (aquí va una explicación).
3. Presentar tus impuestos
Los autónomos tienen que presentar los impuestos trimestralmente en enero, abril, julio, octubre y pagar a la Agencia Tributaria la cantidad correspondiente.
Los impuestos a pagar en cada caso dependen de las características de la actividad que le hayas comunicado a Hacienda al darte de alta. Por eso, resulta de gran importancia contar con una buena orientación en ese paso.
Lo mejor: A menos que seas una crack de las fianzas y el papeleo, vale la pena invertir en una buena asesoría fiscal que te lleve todo el papeleo y te resuelva de una manera rápida y eficiente todas las dudas que tengas.
Para nosotros, como para muchos, es la parte menos apasionante de esta actividad, pero hay que tenerlo todo bien controlado para evitar sustos mayores y disfrutar de tu negocio.
El que te recomendemos encarecidamente que desarrolles tu trabajo como webcamer de forma legal, no debe frenarte o darte miedo para lanzarte a este apasionante mundo. Al revés, lo que queremos es que lo hagas de la mejor forma posible, sintiéndote orgullosa y tranquila en todo momento.
¿Prefieres delegar? ¡Contacta con una Asesoría Online!
Si prefieres dejarlo todo en manos de profesionales y dedicarte exclusivamente a generar ingresos, ¡haces bien!
Si ya tienes una Asesoría o Gestoría de confianza, genial, trabaja con ellos. Si no es tú caso o no quieres que sepan que te dedicas a este tipo de actividad, te recomendamos esta asesoría, legal y fiscal online que puedes encontrar en este enlace.
Solicita que te hagan una llamada telefónica previa con un asesor, para explicarles tu situación y que ellos te puedan aconsejar qué plan te puede venir mejor en función de tu situación actual personal y profesional. Puedes solicitar la llamada siguiendo este vínculo
Además, te ofrecemos un código promocional que podrás utilizar en cualquiera de sus planes de pago, con el que conseguirás un 25% de descuento: AHORRO25
Ahora que ya tienes todo más claro, comienza a desarrollar tu actividad como webcamer o a vender tus prendas íntimas con total tranquilidad. Hay miles de personas tan morbosas como tú esperando verte o recibir tus delicias y disfrutar como nunca antes lo habían hecho, ¡Conviértete en su fuente de placer!
Si tienes cualquier consulta sobre la venta de braguitas o ropa interior usada, puedes contactar con nuestro Servicio de Apoyo a la Vendedora en el 876 278 092 (teléfono y WhatsApp) o en el email: hola@sinbragasyaloloco.com